Crédito
por contribución sobre inmuebles
Le puede corresponder
este crédito si reúne las siguientes condiciones para el año fiscal 2009.
- Su ingreso bruto por grupo familiar es de $18,000 o menos.
- Usted ocupó la misma residencia en Nueva York durante seis meses o más.
- Residió en el Estado de Nueva York durante todo el 2009.
- No pudo ser declarado como dependiente en la declaración impositiva federal
de ingresos de otro contribuyente.
- Su residencia no fue exenta completamente de impuestos sobre inmuebles.
- El valor de mercado actual de todas las propiedades inmobiliarias que usted
posee, tales como casas, cocheras, y terrenos, es de $85,000 o menos.
- Usted también debe reunir todas las condiciones que se muestran a continuación
para Propietarios o para Inquilinos:
Propietarios:
- Usted o su cónyuge pagaron impuestos sobre inmuebles.
- Cualquier alquiler que haya recibido por el uso no residencial de su
residencia no superó el 20% del total del alquiler que usted recibió.
Inquilinos:
- Usted o un miembro de su grupo familiar pagó alquiler por su residencia.
- El alquiler mensual promedio que usted y otros miembros de su grupo
familiar pagaron fue de $450 o menos, sin contar gastos de calefacción, gas, electricidad,
enseres, o comida.
¿Cuánto es el monto del crédito?
- Si todos los miembros de su grupo familiar tienen menos de 65 años, el crédito
puede ser de hasta $75.
- Si al menos uno de los miembros de su grupo familiar tiene 65 años o más,
el crédito puede ser de hasta $375.
- Si su crédito es más que el monto de los impuestos que adeuda, puede reclamar
un reembolso.
¿Cómo reclamo este crédito?
Complete el formulario Form IT-214,
Claim for Real Property Tax Credit for Homeowners and Renters
(sólo en inglés) y adjúntela a su declaración impositiva de ingresos del Estado
de Nueva York.
Si no tiene que presentar una declaración del impuesto sobre los ingresos del
Estado de Nueva York, complete y presente el Formulario IT-214 y le reembolsaremos
el monto del crédito.
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Last Modified: November 24, 2009